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I.3o.C.54 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

PRINCIPIO DE BUENA FE PROCESAL. OBLIGA A NO PREJUICIAR DE FALSA LA PRUEBA DOCUMENTAL OFRECIDA EN COPIA SIMPLE FOTOSTÁTICA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIV, Noviembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1924

Precedentes

Amparo directo 201/2012. Martín Valdivia Ramírez. 19 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: José Luis Evaristo Villegas. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 60/2026 del índice del Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, el que mediante acuerdo de 15 de abril de 2026 declaró su incompetencia legal para conocer del asunto y ordenó su remisión a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que determine lo que en derecho proceda. El Alto Tribunal mediante acuerdo de presidencia de 21 de abril de 2026 la registró con el número de contradicción de criterios 74/2026, y la declaró improcedente por lo que hace al criterio sustentado por los Tribunales Colegiados Tercero y Cuarto en Materia Civil del Primer Circuito, al no existir otro criterio con el cual puedan confrontarse.

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