I.9o.P.19 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal
TRATA DE PERSONAS. EN ESTE DELITO EL ELEMENTO NORMATIVO "CONSEGUIR" SE TRADUCE EN UN RECLUTAMIENTO POR PARTE DEL TRATANTE A TRAVÉS DE DIVERSAS FORMAS (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1581
En el delito de trata de personas previsto en el artículo
188 Bis del Código Penal para el Distrito Federal
, el elemento normativo "conseguir" se traduce en un reclutamiento por parte del tratante a través de diversas formas, pues para atraer la voluntad, benevolencia o atención de la víctima, puede utilizar como medio, entre otros, engancharla indirectamente mediante anuncios en medios impresos, contactos por internet, referencias de familiares conocidos, supuestas oportunidades de empleo, agencias de reclutamiento, ofrecimiento de cursos, viajes, escuelas, cantinas, manipulación sentimental a través del noviazgo o matrimonio, entre otros; es decir, en todos estos casos el reclutamiento depende parcial o totalmente del uso del engaño, aunque también existen situaciones en las que simplemente se les secuestra o se les fuerza a través de la violación y el sometimiento.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 79/2012. 28 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Emma Meza Fonseca. Secretaria: María del Carmen Campos Bedolla.