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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2002460

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 6 de mayo de 2019, el Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito declaró inexistente la contradicción de tesis 21/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.9o.T.15 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral
Registro digital (IUS)
2002460
Clave de tesis
I.9o.T.15 L (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común, Laboral
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 3; Pág. 1936

BENEFICIARIOS EN MATERIA LABORAL. EXCEPCIONALMENTE LA DECLARACIÓN RELATIVA PUEDE IMPUGNARSE POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL AUN CUANDO TENGA LA CALIDAD DE PATRÓN EN EL JUICIO NATURAL, SI AQUÉLLA AFECTA SU ESFERA JURÍDICA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 3; Pág. 1936

Precedentes

Amparo directo 962/2012. Luis Alberto Galán Cisneros. 12 de septiembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Emilio González Santander. Secretaria: Esperanza Crecente Novo. Nota: Por ejecutoria del 6 de mayo de 2019, el Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito declaró inexistente la contradicción de tesis 21/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 2002460