Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2002952

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 258/2021 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que mediante acuerdo de presidencia del 4 de octubre de 2021 fue desechada por notoriamente improcedente. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 329/2021 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que mediante acuerdo de presidencia del 9 de diciembre de 2021 fue desechada por notoriamente improcedente.

2a./J. 8/2013 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
Registro digital (IUS)
2002952
Clave de tesis
2a./J. 8/2013 (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Administrativa
Fuente
[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 2; Pág. 1092

AGENTES DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES DE TABASCO. SU RELACIÓN JURÍDICA CON EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS ES DE NATURALEZA ADMINISTRATIVA.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 2; Pág. 1092

Precedentes

Contradicción de tesis 450/2012. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, con residencia en Cancún, Quintana Roo. 14 de noviembre de 2012. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos. Tesis de jurisprudencia 8/2013 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintitrés de enero de dos mil trece. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 258/2021 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que mediante acuerdo de presidencia del 4 de octubre de 2021 fue desechada por notoriamente improcedente. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 329/2021 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que mediante acuerdo de presidencia del 9 de diciembre de 2021 fue desechada por notoriamente improcedente.

→ Más tesis en materia administrativa

Registro digital (IUS): 2002952