XVII.1o.C.T.6 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil
TARJETAS DE CRÉDITO O DÉBITO. SI EL TARJETAHABIENTE PRESTA O TRANSFIERE EL PLÁSTICO A UN TERCERO NO VINCULADO CON LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO Y A ÉSTE SE LA ROBAN O LA EXTRAVÍA, ELLO LIBERA DE RESPONSABILIDAD AL BANCO EMISOR.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 2161
Si un tarjetahabiente presta o transfiere el plástico correspondiente para que un tercero no vinculado u obligado con la institución de crédito lo utilice; y, a éste se la roban o la extravía, dicha circunstancia libera de cualquier responsabilidad al banco emisor, en tanto que únicamente debe utilizarla su titular, atento a la prohibición contenida en el numeral 2.3 de las Reglas a las que habrá de sujetarse la emisión y operación de tarjetas de crédito, contenida en la Circular 29/2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación el once de julio de dos mil ocho, la cual establece que "las tarjetas de crédito se expedirán a nombre de una persona física y serán intransferibles"; incluida su modificación en la Circular 4/2010, emitida en dicho medio de difusión el dieciocho de enero de dos mil diez; circulares que conforme a los artículos
3o. y 4o. del Código Civil Federal
, tienen fuerza y calidad de obligatorias, además, de ser de observancia general.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 771/2012. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte. 6 de diciembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Torres García. Secretaria: Rebeca Aurora Moctezuma Cardona.