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I.9o.T.16 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE SI SE PROPONE SIN PRECISAR EN QUÉ MOMENTO EL TRABAJADOR DISFRUTARÁ DE SU HORA DE DESCANSO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013; Tomo 3; Pág. 2194

Precedentes

Amparo directo 1085/2012. José Luis Rodríguez Limón. 17 de octubre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Enrique Chan Cota. Nota: Por ejecutoria del 7 de octubre de 2013, el Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito declaró improcedente la contradicción de tesis 4/2013, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que el tribunal denunciante carece de legitimación para formularla en virtud de que no se ubica en la hipótesis normativa prevista en la fracción III del artículo 227 de la Ley de Amparo. El Tribunal Colegiado se apartó del criterio sostenido en esta tesis al resolver el amparo directo 631/2013. Por ejecutoria del 11 de septiembre de 2019, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 224/2019 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.