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XVII.1o.C.T.15 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Constitucional

RECURSO JUDICIAL EFECTIVO. LAS CAUSAS DE IMPROCEDENCIA PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 73 DE LA LEY DE AMPARO, NO CONSTITUYEN UNA VIOLACIÓN A DICHO DERECHO HUMANO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013; Tomo 3; Pág. 2274

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 242/2012. Enrique Tarango Flores. 14 de febrero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Torres García. Secretaria: Consuelo Alejandra Morales Lorenzini.