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P. XXXIX/95 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

PAGO DE ANUALIDADES. EL ARTICULO 167 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS QUE LO PREVE NO VIOLA EL ARTICULO 31, FRACCION IV, DE LA CONSTITUCION.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 25

Precedentes

Amparo en revisión 926/94. Ricardo Nevares Isurieta. 11 de abril de 1995. Mayoría de siete votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Indalfer Infante González. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el veintinueve de junio en curso, por unanimidad de diez votos de los señores Ministros Presidente en funciones Juventino V. Castro y Castro, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Humberto Román Palacios, Olga María Sánchez Cordero y Juan N. Silva Meza; aprobó, con el número XXXIX/95 (9a.) la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, D.F., a veintinueve de junio de mil novecientos noventa y cinco.

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