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II.1o.C.1 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Común

DIVORCIO INCAUSADO. VÍA EN QUE SE RECLAMA LA RESOLUCIÓN DEL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 1779

Precedentes

Amparo directo 843/2012. 8 de febrero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Romero Vázquez. Secretaria: Wendy Reyes Jiménez. Amparo directo 966/2012. 8 de febrero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Romero Vázquez. Secretaria: Wendy Reyes Jiménez. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 1/2019 del Pleno en Materia Civil del Segundo Circuito de la que derivó la tesis jurisprudencial PC.II.C. J/10 C (10a.) de título y subtítulo: " DIVORCIO INCAUSADO. A LAS MEDIDAS PROVISIONALES QUE SE DICTAN EN LA SENTENCIA QUE LO DECRETA, LES ES APLICABLE LA MISMA REGLA DE IRRECURRIBILIDAD ESTABLECIDA PARA LA RESOLUCIÓN DE AQUÉL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO) ."

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