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XXI.2o.P.A.11 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común

DERECHO DE PETICIÓN. SI EL ACTO RECLAMADO EN EL AMPARO LO CONSTITUYE LA NEGATIVA DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE A RECIBIR EL ESCRITO RELATIVO, CORRESPONDE AL QUEJOSO ACREDITAR QUE SE CONSTITUYÓ ANTE ÉSTA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXII, Julio de 2013; Tomo 2; Pág. 1386

Precedentes

Amparo en revisión 22/2013. José Santos Díaz Suárez. 21 de febrero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Zeus Hernández Zamora, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Vicente Iván Galeana Juárez. Nota: Por ejecutoria del 22 de enero de 2025, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 100/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes partieron de elementos jurídicos diferentes, debido a las cuestiones fácticas que envolvieron los asuntos que fueron sometidos a su consideración, lo cual impide la actualización de un punto de toque para la actualización de la presente contradicción de criterios".

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