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1a./J. 14/96 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

NOTIFICACIONES PERSONALES. APLICACION DEL ARTICULO 49 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE PUEBLA.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 156

Precedentes

Contradicción de tesis 15/95. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado y el Tercer Tribunal Colegiado, ambos del Sexto Circuito. 8 de mayo de 1996. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Hilario Sánchez Cortés. Tesis de jurisprudencia 14/96. Aprobada por la Primera Sala de este alto tribunal, en sesión de ocho de mayo de mil novecientos noventa y seis, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros: presidente Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente: Humberto Román Palacios, previo aviso a la Presidencia.

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