XXVI.5o.(V Región) 12 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. LO ES EL SECRETARIO DE RECTORÍA E IMAGEN INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA, CUANDO OMITE TRAMITAR UNA SOLICITUD DE ENTREVISTA CON SU RECTOR, AUN CUANDO EL QUEJOSO TENGA UNA RELACIÓN LABORAL CON ÉSTE.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1552
Del punto tercero, fracción II, del Acuerdo por el que se crea la Secretaría de Rectoría e Imagen Institucional, publicado en la Gaceta Universitaria 101, de nueve de agosto de dos mil tres, se advierte que corresponde a aquélla recibir y tramitar toda solicitud de entrevista con el rector de la Universidad Autónoma de Baja California, por parte de autoridades, funcionarios, empleados y alumnos universitarios, entre otros. Por tanto, si el acto reclamado consiste en la omisión de tramitar la petición correspondiente para llevar a cabo el encuentro con la mencionada autoridad universitaria, dicho secretario tiene el carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo, aun cuando el quejoso tenga una relación laboral con el rector, pues la transgresión a su derecho de petición, deriva del cumplimiento a una función regulada en el ámbito administrativo.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.
Precedentes
Amparo en revisión 533/2012 (expediente auxiliar 121/2013). Delegado del Secretario de Rectoría e Imagen Institucional de la Universidad Autónoma de Baja California. 4 de abril de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Edwigis Olivia Rotunno de Santiago. Secretario: José Guadalupe Rodríguez Ortiz.