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I.9o.P. J/10 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA PENAL. OPERA EN FAVOR DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO, CUANDO SE TRATE DE PERSONA FÍSICA.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXV, Octubre de 2013; Tomo 3; Pág. 1719

Precedentes

Amparo en revisión 251/2012. 14 de marzo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Aguilar López. Secretaria: Alejandra Isabel Villalobos Leyva. Amparo en revisión 233/2012. 11 de abril de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Aguilar López. Secretario: Daniel Guzmán Aguado. Amparo en revisión 88/2013. 9 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Aguilar López. Secretaria: María Guadalupe Jiménez Duardo. Amparo en revisión 59/2013. 20 de junio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Aguilar López. Secretaria: María Guadalupe Jiménez Duardo. Amparo en revisión 154/2013. 29 de agosto de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Aguilar López. Secretaria: Alejandra Isabel Villalobos Leyva. Nota: La presente tesis aborda el mismo tema que la sentencia dictada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito en el amparo directo 315/2012, que fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 360/2013 , resuelta el 21 de abril de 2014 por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la que derivó la tesis de jurisprudencia P./J. 1/2015 (10a.), de título y subtítulo: " PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN MAS FAVORABLE A LA PERSONA. ES APLICABLE RESPECTO DE LAS NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS QUE SEAN TITULARES LAS PERSONAS MORALES ." Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 76/2015 de la Primera Sala, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 70/2015 (10a.) de título y subtítulo: " SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA PENAL. OPERA EN FAVOR DE LAS PERSONAS MORALES DE CARÁCTER PRIVADO CUANDO OSTENTAN LA CALIDAD DE VÍCTIMAS U OFENDIDOS DEL DELITO ."

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