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2a. XCIX/96Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

PROCEDIMIENTO CIVIL FEDERAL. LOS PLAZOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 297 DEL ORDENAMIENTO LEGAL RESPECTIVO, SON INAPLICABLES FUERA DE AQUEL O CUANDO SE ENCUENTRE SUSPENDIDO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Noviembre de 1996; Pág. 243

Precedentes

Competencia 196/96. Suscitada entre la Segunda Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Segunda Sala Metropolitana del Tribunal Fiscal de la Federación, ambas con residencia en el Distrito Federal. 4 de octubre de 1996. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Armando Cortés Galván.

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