XXII.1o.3 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
DEMANDA DE AMPARO. LA NORMA QUE ESTABLECE EL PLAZO PARA SU PRESENTACIÓN ES DE CARÁCTER ADJETIVO.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo III; Pág. 2320
Las normas sustantivas otorgan derechos y obligaciones a las personas, en cambio, las normas procesales establecen las condiciones o procedimientos a seguir para crear o aplicar las primeras, es decir, a través de ellas se hace efectivo el ejercicio de los derechos; así, el artículo 17, párrafo primero, de la nueva Ley de Amparo, es una norma adjetiva, al contener una regla de actuación para sus destinatarios, pues los conmina a promover el amparo dentro de un plazo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 77/2013. 3 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hernández García. Secretario: Alfredo Echavarría García.