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P. XIV/2014 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. LA FACULTAD DE LOS LEGISLADORES DE PRESENTAR INICIATIVAS DE LEY NO CONSTITUYE UN MEDIO DE DEFENSA O INSTANCIA QUE DEBAN AGOTAR PREVIAMENTE A LA PRESENTACIÓN DE AQUÉLLA.

[TA]; 10a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Abril de 2014; Tomo I; Pág. 417

Precedentes

Acción de inconstitucionalidad 65/2012. Diversos Diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura del Estado de Jalisco. 20 de enero de 2014. Mayoría de siete votos de los Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Sergio A. Valls Hernández, Alberto Pérez Dayán y Juan N. Silva Meza en relación con la inclusión de las consideraciones contenidas en esta tesis como un tema de procedencia; los Ministros José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas y Olga Sánchez Cordero de García Villegas estimaron que en la especie eran prescindibles. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Oscar Vázquez Moreno. El Tribunal Pleno, el treinta y uno de marzo en curso, aprobó, con el número XIV/2014 (10a.), la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a treinta y uno de marzo de dos mil catorce.

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