I.6o.C.3 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. EFECTOS DEL AMPARO CONCEDIDO CONTRA SU VIOLACIÓN.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Mayo de 2014; Tomo III; Pág. 2098
La violación al principio de congruencia, en términos generales, da lugar a conceder a la parte quejosa el amparo y protección de la Justicia Federal, para el efecto de que la responsable deje insubsistente la sentencia o resolución que constituyan el o los actos reclamados, y se dicten las nuevas resoluciones o sentencias correspondientes, en las que se repare la violación en que haya incurrido la autoridad responsable de que se trate; empero, la restitución se constriñe a realizar el estudio que, en su caso, se hubiera omitido y no así, a resolver la controversia, necesariamente, en un determinado sentido, toda vez que en ese aspecto la autoridad responsable goza de plenitud de jurisdicción y arbitrio judicial.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 500/2013. Platinum Motors, S.A. de C.V. 23 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretario: Sergio Arturo López Servín.