1a. CCXXIX/2014 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Común
RENTA. LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 82/2002, QUE DECLARÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL PÁRRAFO QUINTO DEL ARTÍCULO 80-A DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO TIENE EL CARÁCTER DE TEMÁTICA.
[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo I; Pág. 459
La tesis de jurisprudencia referida no tiene la característica de ser temática sino especializada, ya que se refiere a dos cuestiones muy particulares como lo son las aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Pues si bien el artículo 80-A, párrafo quinto, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de 2001, establece cómo debe calcularse el subsidio acreditable, lo cierto es que la inconstitucionalidad se limitó a los dos conceptos mencionados, por lo que no puede entenderse que tal pronunciamiento haya sido de carácter general.
PRIMERA SALA
Precedentes
Amparo directo en revisión 537/2010. AXA Seguros, S.A. de C.V., antes Seguros ING, S.A. de C.V., antes Seguros Comercial América, S.A. de C.V. 23 de junio de 2010. Unanimidad de cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Carlos Enrique Mendoza Ponce.
Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 82/2002 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, diciembre de 2002, página 189, con el rubro: "RENTA. EL ARTÍCULO 80-A, PÁRRAFO QUINTO, DE LA LEY DEL IMPUESTO FEDERAL RELATIVO, TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA AL CONSIDERAR A LAS CUOTAS PATRONALES PAGADAS AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, PARA EFECTOS DE REDUCIR EL SUBSIDIO ACREDITABLE Y, POR ENDE, INCREMENTAR LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA A CARGO DE LOS TRABAJADORES."