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2a./J. 65/95Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

PRORROGA DEL CONTRATO DE TRABAJO. ES OPERANTE LA DEFENSA DE FALTA DE ACCION (NO DE CONTRATOS SUCESIVOS) QUE SE OPONE EN SU CONTRA, CUANDO EL PATRON OTORGA EL NUEVO CONTRATO EN LA MISMA PLAZA INMEDIATAMENTE DESPUES DE VENCIDO EL TERMINO DEL ANTERIOR O MEDIANDO TIEMPO, PERO ANTES DE LA PRESENTACION DE LA DEMANDA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Noviembre de 1995; Pág. 275

Precedentes

Contradicción de tesis 22/93. Entre las sustentadas por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 29 de septiembre de 1995. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Rocío Balderas Fernández. Tesis de Jurisprudencia 65/95. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión pública de veintinueve de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, por cinco votos de los ministros: presidente Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.

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