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2a. XC/95Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

COMPETENCIA LABORAL. DESISTIMIENTO. PUEDE ACORDARLO EL ORGANO QUE DECLINO SU COMPETENCIA.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Septiembre de 1995; Pág. 371

Precedentes

Competencia 392/94. Entre la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Veinticuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje residente en Aguascalientes, Aguascalientes. 2 de agosto de 1995. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosalba Becerril Velázquez.

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