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2a./J. 36/95Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

REVISION FISCAL. BASES PARA DETERMINAR SU PROCEDENCIA, POR RAZON DE CUANTIA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 191

Precedentes

Contradicción de tesis 5/95. Sustentada entre los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materia Administrativa, ambos del Tercer Circuito. 7 de julio de 1995. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Rocío Balderas Fernández. Tesis de Jurisprudencia 36/95. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tribunal, en sesión pública de siete de julio de mil novecientos noventa y cinco, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Presidente Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, Mariano Azuela Güitrón, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Sergio Salvador Aguirre Anguiano.

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