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PC.III.A. J/3 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común

PREDIAL. LOS ARTÍCULOS 20, FRACCIÓN II, INCISOS A) Y B), DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2011 Y 41, FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2013, QUE PREVÉN LA TASA DE ESE IMPUESTO, SON DE NATURALEZA AUTOAPLICATIVA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo II; Pág. 1951

Precedentes

Contradicción de tesis 3/2014. Entre las sustentadas por el Primer y el Cuarto Tribunales Colegiados, ambos en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 11 de julio de 2014. Unanimidad de cuatro votos de los Magistrados Enrique Rodríguez Olmedo, José Manuel Mojica Hernández, Jaime Crisanto Ramos Carreón y Froylán Borges Aranda. Ponente: José Manuel Mojica Hernández. Secretaria: Gabriela Hernández Anaya. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 184/2013, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 377/2011. Nota: La tesis aislada citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 103-108, Primera Parte, página 167.

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