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(V Región)2o.6 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
2008217
Clave de tesis
(V Región)2o.6 C (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 14, Enero de 2015; Tomo III; Pág. 2065
Publicación
2015-01-09

SOCIO COOPERATIVISTA. EL PLAZO PARA QUE OPERE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA IMPUGNAR LA NULIDAD DE LA ASAMBLEA GENERAL EN LA QUE SE DETERMINÓ SU EXCLUSIÓN, ES DE CINCO AÑOS CONFORME A LO PREVISTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 1045 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 14, Enero de 2015; Tomo III; Pág. 2065

Precedentes

Amparo directo 185/2014 (cuaderno auxiliar 564/2014) del índice del Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa. Jesús Montes González. 14 de agosto de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Quintero Montes. Secretario: Arturo Manuel Fernández Abundis.

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Registro digital (IUS): 2008217 · Publicación: 2015-01-09