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PC.XVII. J/1 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común

PREDIAL. EL ARRENDATARIO, EN SU CALIDAD DE POSEEDOR DERIVADO DEL INMUEBLE, NO ES SUJETO PASIVO DEL IMPUESTO RELATIVO Y, POR ENDE, CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR MEDIANTE EL JUICIO DE AMPARO SU SISTEMA NORMATIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 20, Julio de 2015; Tomo II; Pág. 1341

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2014. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito y el Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Sexta Región, con residencia en Chihuahua, Chihuahua. 25 de mayo de 2015. Mayoría de cinco votos de los Magistrados Marco Antonio Rivera Corella, Luis Ignacio Rosas González, José Rigoberto Dueñas Calderón, María del Carmen Cordero Martínez y Juan Gabriel Sánchez Iriarte. Disidente: José Martín Hernández Simental. Ponente: Luis Ignacio Rosas González. Secretaria: Nancy Elizabeth Sánchez Corona. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, al resolver los amparos en revisión 543/2013 y 403/2014, y el diverso sustentado por el Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Sexta Región, con residencia en Chihuahua, Chihuahua, al resolver el amparo en revisión 589/2010.

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