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XIV.2o.34 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

ORDEN DE APREHENSION. CASO EN EL QUE EL JUEZ DE DISTRITO NO ESTA OBLIGADO A RECIBIR TODAS LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL QUEJOSO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Noviembre de 1996; Pág. 472

Precedentes

Queja 23/96. Jaime Hoil Pérez. 9 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo V. Monroy Gómez. Secretario: Francisco Javier García Solís. Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de mayo de 1999, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 77/98-PS en que participó el presente criterio.

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