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PC.III.C. J/5 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

REMOCIÓN DEL ALBACEA. LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA QUE RESUELVE EL INCIDENTE RELATIVO ES INAPELABLE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Septiembre de 2015; Tomo II ; Pág. 1510

Precedentes

Contradicción de tesis 7/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Quinto, ambos en Materia Civil del Tercer Circuito. 9 de junio de 2015. Unanimidad de cinco votos de los Magistrados Francisco José Domínguez Ramírez, Gerardo Domínguez, Guillermo David Vázquez Ortiz, Francisco Javier Villegas Hernández y Enrique Dueñas Sarabia. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretaria: Alma Elizabeth Hernández López. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 95/2014, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver la queja 184/2014.

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