IX.2o.8 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
SEMILIBERTAD, SUSTITUCION DE PRISION, ANTECEDENTES PENALES EN CASO DE TRATAMIENTO EN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Noviembre de 1996; Pág. 517
El artículo
74 del Código Penal Federal
, no establece expresamente como requisito para la concesión de ese beneficio, la falta de antecedentes penales; sin embargo, los artículos
51 y 52
, disponen que el juzgador al resolver ese aspecto, en uso de su facultad discrecional, deberá apreciar las circunstancias personales del inculpado, los móviles de su conducta y las consecuencias del hecho; por tanto, la negativa que se encuentra razonada y fundada, entre otros elementos, en la existencia de antecedentes penales del acusado, no puede considerarse violatoria de garantías individuales en su perjuicio.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 251/96. Edmundo Vázquez Bañuelos. 17 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Juana María Meza López. Secretario: José Angel Hernández Huízar.