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1a. XVI/2016 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional
Registro digital (IUS)
2010740
Clave de tesis
1a. XVI/2016 (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Civil, Constitucional
Fuente
[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 26, Enero de 2016; Tomo II ; Pág. 972
Publicación
2016-01-08

PATRIA POTESTAD. AL ANALIZAR LA DEMANDA DE SU PÉRDIDA POR ACTUALIZARSE LA HIPÓTESIS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 628, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE PUEBLA, EL JUEZ DEBE ATENDER AL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.

[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 26, Enero de 2016; Tomo II ; Pág. 972

Precedentes

Amparo directo en revisión 1433/2014. 22 de octubre de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretaria: María Dolores Igareda Diez de Sollano.

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