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PC.XVIII. J/11 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil, Común

NOTIFICACIONES PERSONALES EN MATERIA CIVIL. SURTEN EFECTOS EL DÍA EN QUE SE PRACTICAN PARA EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MORELOS).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 28, Marzo de 2016; Tomo II; Pág. 1486

Precedentes

Contradicción de tesis 16/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, todos del Décimo Octavo Circuito. 29 de junio de 2015. Mayoría de tres votos de los Magistrados Francisco Paniagua Amézquita, Carla Isselin Talavera y Justino Gallegos Escobar. Disidentes: Ricardo Ramírez Alvarado y Alejandro Roldán Velázquez. Ponente: Francisco Paniagua Amézquita. Secretario: Víctor Flores Martínez. Tesis y/o criterios contendientes: Tesis XVIII.2o. J/3, de rubro: "NOTIFICACIÓN PERSONAL. CUÁNDO SURTE SUS EFECTOS LA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MORELOS)."; aprobada por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, abril de 1999, página 368, y El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, al resolver el recurso de reclamación 17/2013, el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, al resolver el amparo directo 458/2014, el sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, al resolver el recurso de reclamación 22/2014, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, al resolver los amparos directos 22/2013, 478/2013, 341/2014 y 621/2014.

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