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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2011625

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 23/2006-PS citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, agosto de 2006, página 72.

VI.2o.T.10 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
2011625
Clave de tesis
VI.2o.T.10 L (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Mayo de 2016; Tomo IV; Pág. 2753
Publicación
2016-05-13

CADUCIDAD EN MATERIA LABORAL. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE DEBE INICIAR A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ÚLTIMA ACTUACIÓN PROCESAL (LEGISLACIÓN BUROCRÁTICA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ABROGADA).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Mayo de 2016; Tomo IV; Pág. 2753

Precedentes

Amparo directo 633/2015. 15 de enero de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Esteban González Chávez. Secretario: Samuel Vargas Aldana. Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 23/2006-PS citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, agosto de 2006, página 72.

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Registro digital (IUS): 2011625 · Publicación: 2016-05-13