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VI.2o.65 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

FACTURA, CARTA. EL TITULAR NO ESTA FACULTADO PARA ENAJENAR EL BIEN DESCRITO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 541

Precedentes

Amparo directo 384/96. Vicente Huerta Ortega. 4 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Justino Gallegos Escobar.

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