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II.1o.15 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA EVALUACIÓN EDUCATIVA DE LOS DOCENTES, AUTORIZADA Y EXIGIDA EN EL ARTÍCULO 3o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Mayo de 2016; Tomo IV; Pág. 2938

Precedentes

Incidente de suspensión (revisión) 336/2015. Juana Rivera Peña y otros. 5 de noviembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alberto Casasola Mendoza. Secretario: Pablo Andrei Zamudio Díaz. Incidente de suspensión (revisión) 337/2015. Juana Rivera Peña y otros. 5 de noviembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alberto Casasola Mendoza. Secretario: Pablo Andrei Zamudio Díaz. Nota: Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 15 de abril de 2016 a las 10:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 29, Tomo III, abril de 2016, página 2560, se publica nuevamente con las modificaciones en el texto que el propio tribunal ordena sobre la tesis originalmente enviada.