III.2o.A.8 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
MEDIDAS PRECAUTORIAS QUE IMPLICAN ACTOS PROHIBITIVOS. ES PROCEDENTE LA SUSPENSION DE LAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 570
Los actos prohibitivos son susceptibles de suspenderse, precisamente, porque tienen efectos positivos, al fijar una limitación de los derechos de quienes los reclaman en el amparo. Esto es, los actos prohibitivos involucran el hacer positivo de la autoridad. Por tanto difieren de los actos omisivos, en los que prevalece una actitud de abstención de las autoridades, así como de los negativos simples donde predomina una actitud de rehusamiento de las responsables a acceder a lo que se pide. En consecuencia, para mantener la situación preexistente a los actos prohibitivos que se reclaman como violatorios de garantías, procede otorgar la suspensión, en los términos de la ley.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 75/96. Abraham Guerrero Zuno. 23 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Gómez Verónica. Secretario: Moisés Muñoz Padilla.