VI.2o.123 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
ORDEN DE APREHENSION. NO ES ILEGAL SI REFIERE EQUIVOCADAMENTE EL NOMBRE DEL INDICIADO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 577
La orden de aprehensión que menciona equivocadamente el nombre del sujeto en contra de quien se dicta, no es ilegal, pues para la validez de tal orden de captura es suficiente que se expresen datos que revelen inequívocamente la identidad del indiciado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 412/96. Efraín Pérez Cuapio. 4 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Enrique Baigts Muñoz.