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II.1o.C.T.66 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

ALEGATOS EN SEGUNDA INSTANCIA. LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA ANTES DEL DIA SEÑALADO POR LA SALA, CONSTITUYE UNA VIOLACION PROCESAL RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 593

Precedentes

Amparo directo 403/96. Roberto Pascual Mascot Manzano y otros. 30 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega.

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