III.2o.P.21 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
CONTRA LA SALUD, CONFIGURACION DEL DELITO DE, EN SU MODALIDAD DE COMERCIO (VENTA).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 622
Para la configuración del delito contra la salud, en la modalidad de comercio (venta) de algún narcótico, no es requisito indispensable la entrega física del numerario fijado en el momento de la recepción de la droga, si de autos se advierte que la venta respectiva la realizó el activo momentos antes de su arresto, por lo que, válidamente pudo haber guardado el numerario en algún sitio y por ello no lo traía entre sus pertenencias.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 300/95. Francisco de Miguel García. 18 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Homero Ruiz Velázquez. Secretario: José Guadalupe Hernández Torres.