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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 78/2017, pendiente de resolverse por la Segunda Sala.

IV.4o.T.8 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
2014265
Clave de tesis
IV.4o.T.8 L (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 42, Mayo de 2017; Tomo III; Pág. 2035
Publicación
2017-05-12

PENSIÓN POR CESANTÍA EN EDAD AVANZADA. LA REGLA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 169 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973, NO RESTRINGE NI AMPLÍA LA LIMITANTE PARA LA APLICACIÓN DEL INCREMENTO CONSISTENTE EN EL FACTOR 1.11, CUANDO EL MONTO DE LA PENSIÓN SEA IGUAL O MAYOR A DOS SALARIOS MÍNIMOS VIGENTES EN EL DISTRITO FEDERAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 42, Mayo de 2017; Tomo III; Pág. 2035

Precedentes

Amparo directo 1080/2016. José Luis Sánchez Villarreal. 8 de febrero de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Hernández Núñez. Secretario: José Jeny Viveros Negrete. Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 78/2017, pendiente de resolverse por la Segunda Sala.

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Registro digital (IUS): 2014265 · Publicación: 2017-05-12