I.9o.T.61 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RELACION DE TRABAJO EXISTENTE ENTRE EL PATRON E INTERPOSITA PERSONA. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 711
En aquellos juicios de trabajo en los que se atribuye al demandado el carácter de patrón de un tercero al que el actor le imputa el despido o rescisión de su contrato, la carga de la prueba para demostrar el vínculo laboral que pueda existir entre esa interpósita persona y el patrón, no corre a cargo de éste, en el caso de que niegue ese vínculo con aquél; ya que esa hipótesis se asemeja al supuesto de la negativa de la relación de trabajo, en cuyo caso corresponde probar al actor el nexo que atribuyó al tercero.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 8429/96. Juan Manuel López Galindo. 22 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: José Morales Contreras.