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PC.XV. J/27 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

INSTITUCIONES BANCARIAS. EL AJUSTE O AGREGADO A SU DENOMINACIÓN NO MODIFICA SU PERSONALIDAD JURÍDICA, POR LO QUE SU APODERADO ESTÁ LEGITIMADO PARA REPRESENTARLAS EN UN JUICIO, AUN CUANDO EL PODER SE LE HUBIERA OTORGADO CON LA ANTERIOR DENOMINACIÓN.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Diciembre de 2017; Tomo III; Pág. 1328

Precedentes

Contradicción de tesis 14/2017. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Quinto y Segundo, ambos del Décimo Quinto Circuito. 5 de septiembre de 2017. Unanimidad de seis votos de los Magistrados Isabel Iliana Reyes Muñiz, María Jesús Salcedo, Gustavo Gallegos Morales, David Guerrero Espriú, Adán Gilberto Villarreal Castro y José Encarnación Aguilar Moya. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretario: Félix Arturo Castillo Ramírez. Criterios contendientes: El sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 673/2016, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 347/2016.

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