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PC.XXVII. J/15 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa

MULTA POR INFRACCIONES DE TRÁNSITO EN CARRETERAS FEDERALES. LA AUTORIDAD INCUMPLE LA OBLIGACIÓN DE FUNDAR ADECUADAMENTE SU COMPETENCIA MATERIAL Y TERRITORIAL PARA IMPONER LA SANCIÓN, SI SE APOYA EN DISPOSICIONES QUE REMITEN DIRECTA E INDIRECTAMENTE A LEGISLACIÓN DEROGADA O ABROGADA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Febrero de 2018; Tomo II; Pág. 1117

Precedentes

Contradicción de tesis 6/2017. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos del Vigésimo Séptimo Circuito. 27 de septiembre de 2017. Unanimidad de tres votos de los Magistrados Gerardo Dávila Gaona, Luis Manuel Vera Sosa y Jorge Mercado Mejía. Ponente: Jorge Mercado Mejía. Secretario: Gustavo Valdovinos Pérez. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 434/2015, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 516/2016.

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