XVII.1o.P.A.20 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
SOLICITUD DE REGISTRO DE VOLUMEN DE APROVECHAMIENTO EN ZONA DE LIBRE ALUMBRAMIENTO. EL DIRECTOR LOCAL EN CHIHUAHUA DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA CUENTA CON LA FACULTAD PARA EMITIR LA RESPUESTA CORRESPONDIENTE.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Febrero de 2018; Tomo III; Pág. 1558
El director local en Chihuahua de la Comisión Nacional del Agua cuenta con la facultad para emitir respuesta a la solicitud de registro de volumen de aprovechamiento en zona de libre alumbramiento, ya que el artículo 86, fracción II, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua establece que corresponden a las direcciones locales, dentro del territorio de la entidad federativa de su sede, ejercer las atribuciones conferidas a las direcciones, coordinaciones y subdirecciones de los organismos, y en el artículo 76, fracción IV, del mismo ordenamiento se menciona que corresponde a la Dirección de Administración del Agua, emitir resoluciones sobre modificaciones, prórroga, caducidad, negativa, nulidad, restricción de volúmenes o extinción, suspensión y revocación de títulos de concesión o asignación de aguas nacionales y aprovechamiento de materiales pétreos u ocupación de zona federal, realización de obras de infraestructura hidráulica, y suspensión de actividades, conforme a las disposiciones aplicables, así como respecto de demolición de obras hidráulicas.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 203/2017. Director General del Organismo de Cuenca Río Bravo de la Comisión Nacional del Agua. 10 de noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: José Raymundo Cornejo Olvera. Secretaria: Georgina Acevedo Barraza.