VI.2o.52 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ARRENDAMIENTO, JUICIOS SOBRE. EL ACTOR DEBE ACREDITAR LA IDENTIDAD DEL BIEN RECLAMADO CON EL MENCIONADO EN EL CONTRATO DE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Agosto de 1996; Pág. 630
En los juicios promovidos con base en un contrato de arrendamiento, es indispensable que el actor acredite la identidad del bien a que alude el contrato con el que reclama en juicio; por tanto, en el juicio de desocupación por terminación de contrato de arrendamiento, tal identidad puede comprobarse con documentos relativos a la exhibición de rentas efectuadas por el arrendatario, en las que haya coincidencia de la ubicación del inmueble con la señalada por el actor en su demanda.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 190/96. Héctor Lira Llamas. 5 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta. Secretario: Gonzalo Carrera Molina.