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XI.P.22 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal

PROCEDIMIENTO ABREVIADO. LA INTERPRETACIÓN DE LOS REQUISITOS PARA SU PROCEDENCIA, DEBE AJUSTARSE AL ARTÍCULO 201 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo IV; Pág. 3473

Precedentes

Amparo en revisión 232/2017. 16 de noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Antonio Velasco Jaramillo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Martha Río Cortés.

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