XXVII.3o.52 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal
IMPUTABILIDAD O CAPACIDAD DE CULPABILIDAD. MÉTODO BIOLÓGICO-PSICOLÓGICO PARA SU CONSTATACIÓN.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 53, Abril de 2018; Tomo III; Pág. 2173
La doctrina ha estudiado la capacidad de culpabilidad o imputabilidad del autor del hecho penal acudiendo, entre otros, al método biológico-psicológico, conforme al cual la norma relativa está estructurada en dos peldaños sucesivos de análisis: 1) en el primero, debe constatarse la existencia de determinados estados orgánicos; y, 2) en el segundo, debe examinarse si por ellos está excluida la capacidad psicológica de comprensión o inhibición. El primer peldaño puede comprender cuatro estados o diagnósticos psicopatológicos, a saber: i) el trastorno psíquico patológico, ii) el trastorno profundo de la conciencia, iii) la oligofrenia y, iv) la anomalía psíquica grave. Sólo una vez que se ha constatado uno de estos estados diagnósticos, ha de decidirse, en un segundo peldaño de examen de imputabilidad, si debido a ello, el sujeto es incapaz de: i) comprender el injusto del hecho o ii) actuar conforme a esa comprensión.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 637/2016. 20 de julio de 2017. Mayoría de votos. Disidente: Jorge Mercado Mejía, quien no se manifestó en cuanto al tema de la tesis por considerar que debe reponerse el procedimiento. Ponente: Juan Ramón Rodríguez Minaya. Secretaria: Casandra Arlette Salgado Sánchez.