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I.8o.C.49 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

EXCEPCION DE PAGO EN EL PERIODO DE EJECUCION DE SENTENCIA. DEBE TRAMITARSE EN LA VIA INCIDENTAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Agosto de 1996; Pág. 672

Precedentes

Amparo en revisión 91/96. La Nueva Mercería y Papelería La Merced, S.A. de C.V. 9 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: Edith Alarcón Meixhueiro.