XXVII.3o.65 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal
DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR. EL ELEMENTO NORMATIVO "PUBLICACIÓN" DEL TIPO PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 427 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, SE ACTUALIZA CON LA DISTRIBUCIÓN DE LA OBRA MATERIA DE LA CAUSA A UNA PLURALIDAD DE PERSONAS.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 55, Junio de 2018; Tomo IV; Pág. 2969
El precepto citado describe un delito patrimonial de naturaleza instantánea cuyo propósito tutela y salvaguarda la idea o valor intelectual de cierta obra, castigando la usurpación de la creatividad ajena y exponerla fuera de un ámbito privado o doméstico al público al ponerla a su alcance. Luego, dicha conducta típica involucra centralmente la negativa de la autoría del activo de una obra, a sabiendas de que no es propia, mediante una "publicación" a su nombre o de un tercero, cuyo elemento normativo se advierte del artículo 16, fracción II, de la Ley Federal del Derecho de Autor, que lo define como la acción de reproducir una obra en forma tangible y su puesta a disposición a una pluralidad de personas, lo que además coincide con la normativa internacional, especialmente con los artículos VI de la Convención Universal sobre Derecho de Autor 1952 y 3 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 8/2018. 8 de marzo de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Ramón Rodríguez Minaya. Secretario: José Francisco Aguilar Ballesteros.