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PC.I.L. J/38 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

HORAS EXTRAS. PROCEDE LA RECLAMACIÓN DE SU PAGO TRATÁNDOSE DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CON LA CATEGORÍA DE DIRECTOR.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 55, Junio de 2018; Tomo III; Pág. 1841

Precedentes

Contradicción de tesis 14/2017. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo Tercero y Décimo Sexto, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 14 de mayo de 2018. Mayoría de dieciséis votos de los Magistrados María del Rosario Mota Cienfuegos, Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso, Elisa Jiménez Aguilar, Osiris Ramón Cedeño Muñoz, Víctor Ernesto Maldonado Lara, Julia Ramírez Alvarado, Herlinda Flores Irene, Jorge Villalpando Bravo, Ricardo Rivas Pérez, Noé Herrera Perea, Ángel Ponce Peña, Francisco Javier Patiño Pérez, José Antonio Abel Aguilar Sánchez, Juan Alfonso Patiño Chávez, Juan Manuel Vega Tapia y Alicia Rodríguez Cruz. Disidente: Edna Lorena Hernández Granados. Ponente: Jorge Villalpando Bravo. Secretario: Fernando Galicia Rodríguez. Tesis y criterio contendientes: Tesis I.16o.T.1 L (10a.), de título y subtítulo: "JORNADA EXTRAORDINARIA. TRATÁNDOSE DE SERVIDORES PÚBLICOS CON CARGOS DE ALTO NIVEL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, SU RECLAMO ES IMPROCEDENTE.", aprobada por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación el viernes 11 de diciembre de 2015 a las 11:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 25, Tomo II, diciembre de 2015, página 1251, y El sustentado por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el juicio de amparo directo 426/2017. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 14/2017, resuelta por el Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito.