XIX.2o.13 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
INTERVENTORIA DE UNA NEGOCIACION. LA ORDEN DE, AFECTA DERECHOS SUSTANTIVOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Agosto de 1996; Pág. 686
La orden de interventoría de una negociación, es impugnable en amparo indirecto al trascender el procedimiento afectando a las personas y cosas irreparablemente, pues como consecuencia de dicho acto se habrá de entregar al depositario interventor nombrado en el juicio ejecutivo mercantil la caja de la negociación demandada con lo que sin duda se afectarían los derechos patrimoniales de ésta.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Improcedencia 215/96. Viajes Tampico, S.A. de C.V. 19 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Olga Iliana Saldaña Durán. Secretario: Miguel Angel Peña Martínez.
Nota: Por ejecutoria de fecha 29 de noviembre de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la
contradicción de tesis 186/2006-SS
en que participó el presente criterio.