XIII.1o.4 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
ORDEN DE APREHENSION. NO COMPRENDE EL EXAMEN DE LA CONCURRENCIA DE NORMAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Agosto de 1996; Pág. 702
El problema que plantea la concurrencia de normas, consistente en si ésta da lugar al concurso ideal de delitos o a la aplicación de una norma con exclusión de la otra, no tiene que ser dilucidada en la orden de aprehensión, tanto porque la materia de estudio de este mandamiento se circunscribe a los elementos que integran el tipo del delito o de los delitos de que se trate y a la probable responsabilidad del indiciado en su comisión, como porque de conformidad con los artículos 66 y 67 del Código Penal para el Estado de Oaxaca, dicho problema se encuentra relacionado en forma directa e inmediata con la pena, cuyo examen es propio de la sentencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 227/96. Gustavo Pineda Díaz. 7 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Esteban Santos Velázquez. Secretario: Jorge Valencia Méndez.