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1a. CLVIII/2018 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

DERECHO DE LOS MENORES DE EDAD A UN NIVEL DE VIDA ADECUADO. LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD ECONÓMICA DEL DEUDOR ALIMENTICIO DEBE CONSIDERAR TODOS LOS RECURSOS POR MEDIO DE LOS CUALES UNA PERSONA PUEDE SATISFACER SUS NECESIDADES MATERIALES.

[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 61, Diciembre de 2018; Tomo I; Pág. 299

Precedentes

Amparo directo en revisión 3360/2017. 21 de febrero de 2018. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Luz Helena Orozco y Villa.